Código de la ciudad de South Sioux City con respecto a los fuego artificiales

Sioux City, IA. El Departamento de Policía de South Sioux City desea recordar a la comunidad que el Código de South Sioux City permite que los fuegos artificiales se vendan al por menor solo entre el 24 de junio y el 5 de julio de cada año.
Será ilegal que cualquier persona descargue, explote o use fuegos artificiales permitidos dentro de la ciudad de South Sioux City, excepto de 8:00 a. m. a 11:00 p. m. los días 2, 3 y 4 de julio; y de 8:00 am a 1:00 am el 31 de diciembre.
Los fuegos artificiales NO ESTÁN PERMITIDOS en ningún parque público en SSC sin un permiso.
¡Que tengas un feliz y seguro 4 de julio!
Obedezca todas las leyes locales con respecto al uso de fuegos artificiales.
Conozca sus fuegos artificiales; lea las etiquetas de precaución y las descripciones de rendimiento antes de encender.
Un adulto responsable debe supervisar todas las actividades pirotécnicas. Nunca le dé fuegos artificiales a los niños.
Use gafas de seguridad cuando dispare fuegos artificiales.
Encienda un fuego artificial a la vez y luego aléjese rápidamente.
No sostenga un artículo de fuegos artificiales en su mano.
Use fuegos artificiales al aire libre en un área despejada; lejos de edificios y vehículos.
Nunca vuelva a encender un fuego artificial “falso”. Espere 20 minutos y luego sumérjalo en un balde de agua antes de desecharlo.
Después de comprar fuegos artificiales, guárdelos siempre en un lugar fresco y seco.
Cuando use fuegos artificiales, siempre tenga cerca una manguera conectada, un balde de agua u otra fuente de agua.
No experimentes con fuegos artificiales caseros.
Deseche los fuegos artificiales gastados humedeciéndolos y colóquelos en un bote de basura de metal lejos de cualquier edificio o material combustible hasta el día siguiente.
Asegúrese de que todas las mascotas y animales estén alejados del ruido de los fuegos artificiales.
No permita que los niños pequeños jueguen con fuegos artificiales bajo ninguna circunstancia. Las bengalas, consideradas por muchos como los fuegos artificiales “seguros” ideales para los jóvenes, se queman a temperaturas muy altas y pueden encender fácilmente la ropa. Los niños no pueden comprender el peligro que implica y no pueden actuar adecuadamente en caso de emergencia.
A los niños mayores solo se les debe permitir usar fuegos artificiales bajo la estrecha supervisión de un adulto. No permita que nadie corra ni haga juegos bruscos.
Nunca coloque ninguna parte de su cuerpo directamente sobre los fuegos artificiales mientras los enciende.
ARTÍCULO IV. – FUEGOS ARTIFICIALES
https://library.municode.com/…/codes/code_of_ordinances…
28-1241-Fuegos artificiales; definiciones
Tal como se usa en las secciones 28-1239.01 y 28-1241 a 28-1252, a menos que el contexto requiera lo contrario:
(1) Distribuidor significa cualquier persona involucrada en el negocio de realizar ventas de fuegos artificiales al por mayor en este estado a cualquier persona involucrada en el negocio de realizar ventas de fuegos artificiales ya sea como intermediario o minorista o ambos;
(2) Contratante significa cualquier persona que se dedique al negocio de realizar ventas de fuegos artificiales al por mayor a cualquier otra persona que se dedique al negocio de realizar ventas al por menor;
(3) Minorista significa cualquier persona que se dedique al negocio de vender fuegos artificiales al por menor a consumidores oa personas que no sean distribuidores o intermediarios;
(4) Venta incluye permuta, intercambio, obsequio u oferta de los mismos y cada transacción realizada por cualquier persona, ya sea como principal, propietario, agente, sirviente o empleado;
(5) Fuegos artificiales significa cualquier composición o dispositivo diseñado con el propósito de producir un efecto visible o audible por combustión, deflagración o detonación y que cumple con la definición de fuegos artificiales de consumo o especiales establecida por el Departamento de Transporte de los Estados Unidos en el Título 49 de el Código de Regulaciones Federales;
(6)(a) Fuegos artificiales de consumo significa cualquiera de los siguientes dispositivos que (i) cumplen con los requisitos establecidos en 16 C.F.R. partes 1500 y 1507, ya que dichas reglamentaciones existían el 1 de enero de 2010, y (ii) son probados y aprobados por una instalación de prueba reconocida a nivel nacional o por el Jefe de Bomberos del Estado:
(A) Cualquier dispositivo pequeño de fuegos artificiales diseñado para producir efectos visibles por combustión y que se requiera para cumplir con las normas de construcción, composición química y etiquetado de la Comisión de Seguridad de Productos de Consumo de los Estados Unidos establecidas en 16 C.F.R., tal como existían dichas normas en enero 1, 2010;
(B) Cualquier dispositivo pequeño diseñado para producir efectos audibles, como un silbido;
(C) Cualquier dispositivo terrestre o petardo que contenga cincuenta miligramos o menos de composición explosiva; o
(D) Cualquier artefacto aéreo que contenga ciento treinta miligramos o menos de composición explosiva.
(b) Los explosivos de Clase C según la clasificación del Departamento de Transporte de los Estados Unidos se considerarán fuegos artificiales de consumo.
(c) Los fuegos artificiales de consumo no incluyen:
(i) Cohetes que están montados en un palo o alambre y se proyectan en el aire cuando se encienden, con o sin detonación;
(ii) bengalas de alambre, excepto que las bengalas plateadas y doradas se consideren fuegos artificiales de consumo hasta el 1 de enero de 2014;
(iii) Paracaídas nocturnos;
(iv) Los fuegos artificiales que se disparan al aire y después de llegar al suelo provocan un encendido automático debido a la temperatura suficiente;
(v) Petardos que contengan más de cincuenta miligramos de composición explosiva; y
(vi) Fuegos artificiales que han sido probados por el Jefe de Bomberos del Estado como respuesta a quejas y se han considerado inseguros; y
(7) Mostrar fuegos artificiales